CNE revocó listas integradas solo por hombres y dejó las conformadas solo por mujeres
Algunas listas de candidatos de elección popular no tenían el 30 por ciento de mujeres.
El Consejo Nacional Electoral en sala plena adoptó una decisión histórica en materia de participación efectiva y sustancial en política, al resolver no revocar las listas de candidatos a corporaciones públicas conformadas solo por mujeres para las elecciones territoriales del próximo 27 de octubre.
La sala consideró que el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, es una acción afirmativa a favor de las mujeres, dirigida a eliminar las brechas frente a un grupo que constituye más de la mitad de la población colombiana, y que históricamente ha sido discriminado.
Por otro lado, la sala plena decidió revocar listas de candidatos integradas solo por hombres, toda vez que en ellas no hubo participación femenina como lo dispone la Ley 1475 de 2011.
Vicepresidenta celebra decisión
La Vicepresidente de la República, Marta Lucía Ramírez, celebró el trascendental fallo adoptado este miércoles por el Consejo Nacional Electoral en el que ratifica las listas conformadas únicamente por mujeres para las elecciones regionales de octubre próximo.
“Es bien importante que la Sala Plena haya considerado que el artículo 28 de la ley 1475 del 2011 es una acción afirmativa a favor de las mujeres, y precisamente lo que queremos es que se eliminen todas las brechas en contra de la mujer”, afirmó la alta funcionaria.
La decisión del Consejo Nacional Electoral se encuentra en línea con la petición hecha por la Vicepresidente, a través de la Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer, la cual se hizo manifiesta el día de ayer durante la audiencia pública en la que se analizó su legalidad.
El debate consistió en analizar la aplicación de la Ley 1475 de 2011, que establece la obligatoriedad de que la listas de candidatos de elección popular estén conformadas mínimo por el 30 por ciento de mujeres.